Atendiendo al cálculo de jornada anual de los médicos y facultativos asturianos, el SIMPA puso en conocimiento de la Dirección de Profesionales del SESPA, que para el cálculo de la misma deben detraerse los correspondientes al 24 y al 31 de diciembre, al ser éstos no laborables y no recuperables, y ser detraídos para el cálculo de la jornada ordinaria anual. De esta manera, el SIMPA ha conseguido que los médicos y facultativos puedan disfrutarlos a lo largo del año en curso, y ser solicitados al igual que el resto de días correspondientes a este año.