Notas sobre la responsabilidad jurídica del Médico en las consultas telefónicas en Atención Primaria.

Principio general: La responsabilidad que deriva de la consulta telefónica no es trasladable a la Administración si lo que se pretende es excluir la responsabilidad del facultativo. Como acto médico que es , con la particularidad que consiste exclusivamente en la anamnesis, si genera un resultado dañoso para el paciente, y en su causa puede existir negligencia en cuanto a los medios utilizados por parte del Médico (o mejor en este caso, sobre los no utilizados), se generaría su responsabilidad.

Claramente en la misma se minimizan los riesgos, si excluimos de su atención las consultas sorpresa. Esto es, si el Médico sabe los pacientes que van a llamar y ha tenido a su disposición sus historias clínicas que están activas, y las mismas versan sobre procesos ya diagnosticados. Aquí claramente es útil, reduce costes, permite la atención a un mayor número de pacientes, a los que se evitan desplazamientos, máxime en un entorno de pandemia como el que nos movemos.

Por el contrario, los riesgos son importante si sobre un proceso desconocido la utilizamos como único medio de diagnóstico y prescripción, sin exploración presencial. Deben tenerse en cuenta aquí las dificultades que están en su propia esencia:

  • Se hace más difícil la interacción del facultativo respecto a la información que recibe, al no poder observar al paciente y sus reacciones. Exclusivamente escucha su voz.
  • Eventual participación en las consultas de terceros que no son el paciente que añaden matices de muy difícil comprobación.
  • La propia falta de seguridad que provoca en el facultativo la no presencia del paciente, y la no posibilidad de comprobación de lo que está escuchando.
  • La lógica consecuencia exigida de prescribir medicamentos, terapias, que conllevan efectos secundarios que pueden ser adversos, cuando no contradictorios con la patología atisbada exclusivamente por la información subjetiva que traslada un paciente al que no se ha visto.

A todo ello, hay que añadir el estrés que general al propio Médico la elaboración por parte de la Administración de unas agendas masificadas y que para nada tienen en cuenta las patologías a atender y los estándares mínimos de calidad, fundamentalmente temporales,  que ello requiere. Ir muy rápido para acabar nuestra agenda multiplica claramente los riesgos de equivocarnos.

Finalmente como las consultas telefónicas han venido para quedarse, y la responsabilidad del médico es de medios y no de resultado.  Urge que la Administración elabore protocolos sobre su realización que contribuyan a incardinarlas en un entorno más seguro no solo para el Médico sino también para el paciente.