Tras pleito en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo el pasado 18 de diciembre de 2015, el Magistrado falla a favor de la legítima demanda de la libranza de guardia por parte de los Médicos de Atención Primaria. Las discriminaciones contra los profesionales de los Centros de Salud a los que se impide el derecho al descanso tras la realización de la guardia de presencia física de 17 horas, llegan a su fin con esta sentencia, perfectamente argumentada en derecho. Un derecho que no es puesto en duda en Atención Especializada, y que es demanda y logro del SIMPA, y por lo que se ha luchado largamente.
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