Traslados 2.020

Nos comunican desde la Dirección de Profesionales del SESPA que ha sido tomada la decisión de continuar con el procedimiento habitual del Concurso de Traslados 2020.

Se publicará, presumiblemente el día 23 de junio, la Resolución con los listados provisionales correspondientes al primer ciclo de traslados en ASTURSALUD y BOPA.

Se dispone de 15 días hábiles a contar desde su publicación para formular reclamaciones contra la resolución provisional.

Posteriormente se publicará en el BOPA y ASTURSALUD la Resolución definitiva, iniciándose desde este momento, los plazos establecidos para que los concursantes efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

  • “El Personal que obtenga plaza en un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por el SESPA deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, el tercer día hábil siguiente a aquel en que se publique la resolución definitiva del procedimiento de movilidad voluntaria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.” (BOPA 8-VII-2019)
  • En líneas generales “la toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas radican en el mismo concejo, o de los siete días hábiles siguientes al del cese, si la plaza radica en distinto concejo. No obstante, si el concejo de la plaza adjudicada en el procedimiento de movilidad voluntaria es distinto del concejo de la plaza anteriormente desempeñada pero coincidente con la de la residencia de la persona afectada, el plazo será de tres días hábiles.” (BOPA 8-VII-2019)
  • “No obstante, el plazo de toma de posesión se reducirá a un día hábil para aquellos adjudicatarios de plaza en el concurso que ya viniesen ocupando plaza en el centro de destino adjudicado o en la localidad donde radique en virtud de comisión de servicio o reingreso profesional.” (BOPA 8-VII-2019)

Más información consultar BOPA 8-VII-2019 por el que se regulan los plazos posesorios de movilidad voluntaria.

  • “Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública, conforme lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud” (BOPA 30-XI-2018)

Especialidades afectadas por el Concurso de Traslado actual:

Anestesiología y Reanimación, Angiología y C. Vascular, Cardiología, Hematología y Hemoterapia, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Nuclear, Neurología, Neumología, Neurofisiología Clínica, Psicología Clínica, Psiquiatría, Radiodiagnóstico, Traumatología y C. Ortopédica, Urología, Médico de Admisión y Documentación Clínica.

Asimismo, el SESPA nos informa también que tienen intención de iniciar el Segundo ciclo de traslados con normalidad salvo interrupción por un segundo Estado de Alarma en otoño invierno.

RESOLUCION 27-XI-2018 BASES GENERALES PROCESO MOVILIDAD VOLUNTARIA

Decreto 50-2019 regula plazos posesorios movilidad voluntaria

Se adjuntan BOPAS que regulan dichos traslados.