A PARTIR DEL 8 DE NOVIEMBRE ENTRA EN VIGOR EL DECRETO DE GARANTÍA DE TIEMPOS MÁXIMOS DE L.E.

A partir del 8 de noviembre, ir a una primera consulta de otorrinolaringología, ginecología, urología, oftalmología, traumatología, dermatología, neurología, cirugía general, digestivo o cardiología no debería suponer una espera superior a los dos meses. Como tampoco debería excederse ese tiempo para someterse a una mamografía, una resonancia, una ecografía, una colonoscopia o un TAC. Será entonces cuando ya sea de aplicación el decreto sobre garantía de tiempo máximo de acceso a las prestaciones sanitarias del Principado, publicado ayer en el BOPA. Se trata de un marco normativo inédito en Asturias -una de las últimas comunidades en regular las esperas máximas- que, entre otras cuestiones, también establece que aquellas personas pendientes de algunas de las operaciones que, hoy por hoy, acumulan mayores demoras -cirugía cardiaca (vascular y coronaria), cataratas, histerectomías o prótesis de cadera y rodilla- no tengan que esperar más de seis meses para pasar por quirófano.

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