EL PERMISO POR MATERNIDAD/PATERNIDAD ESTÁ EXENTO DE IRPF

El Tribunal Supremo ha establecido que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF. La Agencia Tributaria defendía que sí debían tributar y así lo habían sostenido también varios Tribunales Superiores de Justicia. Los de Andalucía y Castilla y León habían establecido la obligación del pago.

El Supremo corrige a Hacienda: la prestación por maternidad está exenta del IRPF

Cómo puedes reclamar las retenciones de IRPF indebidas en las bajas de maternidad y paternidad

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