LAS PLAZAS SIEMPRE A TRAVÉS DE CONCURSO-OPOSICIÓN

Una disposición adicional a los Presupuestos Generales del Estado (PGE), la trigésima quinta, detalla que las Administraciones Públicas “no podrán atribuir la condición de indefinido no fijo a personal con un contrato temporal”. De esta forma, el Ministerio de Hacienda y Función Pública prohíbe que los trabajadores del sector público con un contrato temporal pasen a la forma de indefinido no fijo sin pasar por un concurso-oposición a no ser que esta condición, la de indefinido no fijo, se derive de una resolución judicial.

En este sentido, la misma disposición defiende los “principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público” que deben estar garantizados en todas las Ofertas Públicas de Empleo (OPE). En caso de que se den actuaciones irregulares que incumplan estas condiciones, el departamento que dirige Cristóbal Montoro exigirá “responsabilidades” a los órganos responsables de las Administraciones Públicas. Además, la disposición “tiene vigencia indefinida”, por lo que se mantendrá fija en el tiempo.

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