SENTENCIA HISTÓRICA DE LA ASESORÍA JURÍDICA EN DENFENSA DE LAS FACULTATIVAS EMBARAZADAS

Nuestra asesoría jurídica, ha ganado una sentencia histórica defendiendo a una afiliada al SIMPA que trabaja como médica de familia. El juzgado le da la razón y le reconoce el derecho a percibir las retribuciones a las guardias que no pudo realizar a consecuencia de adaptarle el puesto debido al riesgo por embarazo. Esta sentencia es firme, no es recurrible por el SESPA.

La sentencia dice así: “la igualdad del trato entre sexos exige que las modificaciones del puesto de trabajo adoptadas, transitoriamente y durante el limitado periodo de embarazo, cuando puedan repercutir en la prestación de la jornada complementaria, no conlleven una discriminación de las retribuciones estables de la trabajadora afectada, pues, en otro caso, se consolidaría una parte aparentemente neutra, que, sin embargo, ocasiona un perjuicio exclusivamente a la situación de embarazo”.

La sentencia nos da fuerza a la hora de exigir a la administración que a todas las facultativas que se le adapte el puesto por riesgo en el embarazo y no puedan realizar la jornada complementaria, se le retribuyan las guardias durante el periodo de desempeño de ese puesto adaptado. Nuestra asesoría seguirá reclamando en los tribunales este derecho, hasta que el SESPA lo aplique automáticamente sin tener que llegar a juicio.

Es una pena que hayamos tenido que ir a los juzgados (algo a lo que desgraciadamente ya estamos muy acostumbrados a la hora de defender nuestros derechos) para que se repare un hecho discriminatorio tan evidente por razón de género. Pensamos que en siglo XXI la administración debería actuar de oficio y predicar con el ejemplo ante situaciones anacrónicas del pasado. Ahora les pedimos que corrijan este anacronismo casposo en la práctica, y con celeridad, y que nos dejen de dar la razón con buenas palabras cuando se lo planteamos (ya sabemos que la tenemos). Y en cuestiones de IGUALDAD, ES BUENO PREDICAR CON EL EJEMPLO.