Acuerdo de 20 de enero de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan las reglas para la devolución del tercer tramo de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.
Al personal que se encuentre en los supuestos descritos en los apartados anteriores y que a la fecha de entrada en vigor de este acuerdo, esté prestando servicios en el ámbito definido en el apartado 1, la cantidad prevista en concepto de recuperación le será abonada por la Administración del Principado de Asturias, organismo o ente público al que le hubiera correspondido el abono de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.